COMUNICACIONES GENERALES

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Lugermann
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COMUNICACIONES GENERALES

B.Nr. G 4915 A4
                    • [list] [list] [list]An Bord, den 09. September 1939
[/list][/list][/list]



        • GEHEIM


An das Kommando der U-Flottille


Betrifft: CONSIDERACIONES SOBRE LA GUERRA MARÍTIMA


Como todos conocen, Alemania se adhirió en 1936 al Convenio de Londres de 1930 sobre el empleo de los submarinos en la guerra. Según este convenio, el submarino tiene que comportarse con los barcos mercantes igual que un buque de superficie: no puede hundir un barco sin antes haberlo detenido y comprobado que lleva contrabando de guerra, y en todo caso queda obligado a velar por la seguridad de las tripulaciones. Por todo esto, Alemania suscribió en 1936 el Reglamento de Presas Marítimas.

De acuerdo con el Protocolo de Londres de 1930, el comandante de un submarino quedaba en libertad de atacar a transportes de tropas y buques mercantes si éstos navegaban en convoy o iban escoltados por buques o aviones. Esta regla se aplicaba también a los mercantes que tomaran parte en acciones de guerra, considerándose como tales las emisiones de mensajes radiotelegráficos informando de avistamiento de submarinos, lo que equivale a encuadrarlos en el servicio de Transmisiones de la Royal Navy.

Desde el primer día de la guerra, la flota mercante británica ha quedado bajo las órdenes directas del Almirantazgo inglés, lo que se ha podido comprobar por los documentos incautados a un carguero británico apresado recientemente [1]. Con ello, los ingleses renuncian implícitamente a la protección que concedía a los mercantes el Derecho Internacional.

Por añadidura, los buques mercantes ingleses han recibido la orden de navegar de noche con las luces apagadas y los capitanes de dichos buques han recibido órdenes de abordar a todo U-Boot que les saliera al paso. Adicionalmente, dichos barcos mercantes han sido artillados no sólo con cañones para la defensa propia sino también con cargas de profundidad, elementos que sólo se utilizan para la lucha ofensiva.

  • = EMPLAZAMIENTO DE CARGAS DE PROFUNDIDAD EN UN BUQUE MERCANTE INGLÉS =
Imagen



De esta forma, la distinción entre armamento ofensivo y defensivo, que tantas veces había planteado Inglaterra antes de la guerra y que nunca se llegó a definir, ha dejado de existir.

Ante todos estos acontecimientos, a partir de esta fecha queda declarada la GUERRA MARÍTIMA SIN RESTRICCIONES contra todo buque que enarbole la bandera de los siguientes países:


  • Francia
    Polonia
    Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte
    Canadá
    Australia
    Nueva Zelanda
    Dominio de Terranova
    Unión Sudafricana
    Raj Británico


Con respecto a los buques neutrales que se dirijan a Inglaterra, se deberá realizar una inspección de su carga y de la documentación a bordo con el fin de verificar que no porte contrabando de guerra. Todo esto, claro está, no debe suponer poner en peligro la seguridad del sumergible y de la tripulación del mismo.


Firmado:


Kapitän zur See und Kommodore Karl Dönitz
Führer der Unterseeboote



[1] https://www.24flotilla.com/foro/viewtop ... 80#p435142
Freiwillig zur Kriegsmarine
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