Prisioneros japoneses escuchando el discurso radiado de su Emperador.
De la alocución radiofónica que el emperador Hiro-Hito dirigió al pueblo japonés el 14 de agosto de 1945:
«Nos dirigimos a nuestros buenos y leales subditos.
Tras honda reflexión sobre la marcha general del mundo, y particularmente sobre la de nuestro Imperio, hemos resuelto poner fin a la situación actual empleando una medida excepcional. Obedeciendo nuestras instrucciones, el Gobierno participará a los Gobiernos de los Estados Unidos, la Gran Bretaña. China y la Unión Soviética que nuestro Imperio acepta las condiciones propuestas en su declaración conjunta...
Llevamos casi cuatro años de guerra. Pese al esfuerzo insuperable de todos, pese al arrojo de las Fuerzas terrestres, navales y aéreas, pese a la prudente labor de nuestro Gobierno y a la abnegación de nuestro pueblo milenario, la guerra no ha redundado en beneficio del Japón, sino más bien ha contrariado los intereses japoneses en el curso de su desarrollo. Además, el enemigo comienza a emplear una nueva bomba cuyos efectos son imprevisibles y ponen en peligro la vida de muchos inocentes. Si decidiéramos proseguir la lucha, no se llegarla tan sólo al definitivo exterminio del pueblo japonés: ello también acarrearía finalmente la extinción de la civilización humana. Recordamos a los oficiales y soldados y a todos los que cayeron en el campo de batalla y murieron cumpliendo con su deber. La suerte de sus familias abandonadas aflige día y noche a nuestro corazón. El bienestar de los heridos y de quienes perdieron hogar y bienes es objeto de nuestra mayor preocupación.
Las pruebas y los sufrimientos que ha de soportar ahora nuestra nación serán sin duda enormes. Conocemos los sentimientos de nuestros subditos. Las exigencias de la época y del destino nos impulsan a emprender el camino hacia la paz, para bien de todas las generaciones futuras, y a soportar con paciencia, en la medida de nuestras fuerzas, lo que haya de venir. Debemos consagrar nuestro máximo esfuerzo a la edificación del futuro. El poder del espíritu y la resuelta laboriosidad preservarán a nuestro glorioso Imperio y nos señalarán la senda del progreso.»
Instrumento de rendición.
Actuando por orden y en representación del emperador del Japón, el Gobierno japonés y el Cuartel General imperial japonés, aceptamos, mediante este documento, las declaraciones efectuadas el 26 de julío de 1945 en Potsdam por el Gobierno de los Estados Unidos, China y la Gran Bretaña, a los que se adhirió posteriormente la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas; a partir de ahora, denominaremos potencias aliadas a estos cuatro países.
Por este documento expresamos la rendición incondicional a las potencias aliadas del Cuartel General imperial japonés, de todas las Fuerzas Armadas bajo control japonés, se hallen donde se hallen.
Por este documento ordenamos a todas las tropas japonesas, cualquiera que sea su situación, y al pueblo japonés, que, a partir de ahora, suspendan todas las hostilidades, eviten que buques, aviones y bienes militares o civiles sufran daño, y obedezcan las órdenes del Mando supremo de las potencias aliadas o las de departamentos dependientes del Gobierno japonés.
Por este documento ordenamos al Cuartel General imperial japonés que curse inmediatamente instrucciones a todos los comandantes de las fuerzas japonesas o de todas las fuerzas bajo control japonés, cualquiera que sea su posición, de que se rindan incondicionalmente.
Por este documento ordenamos a todos los funcionarios civiles y militares que obedezcan todas las normas e instrucciones emanadas del Mando superior de las potencias aliadas, y que colaboren en la realización práctica de la rendición; igualmente les ordenamos que permanezcan en sus puestos y sigan cumpliendo con sus deberes no bélicos, a no ser que sean relevados específicamente de sus cargos.
Por este documento nos comprometemos a actuar según lo dispuesto en la Declaración de Potsdam, en nombre del emperador y el Gobierno japonés, de acuerdo con los requerimientos del Mando supremo de las potencias aliadas o de cualquier otro representante oficial de estas potencias, con relación a los apartados de dicha Declaración.
Por este documento ordenamos al Gobierno imperial japonés y al Cuartel General imperial japonés que concedan inmediatamente la libertad a los prisioneros de «guerra aliados y a los civiles internados en campos bajo control japonés, y cuiden de su protección, asistencia, manutención e inmediato traslado a los lugares que se determinarán.
La autoridad del emperador y el Gobierno japonés queda supeditada a la del Mando supremo de las potencias aliadas, el cual podrá tomar todas las medidas que crea necesarias para llevar a cabo las condiciones de la rendición.
Firmado en la bahía de Tokio, en el Japón, a las 9,04 horas del segundo día de setiembre de 1945.

En junio de 1946 se presenta al pueblo el primer Gobierno japonés, bajo la supervisión del Gobierno Militar estadounidense. Sentado en el centro, con las piernas cruzadas, el primer ministro Shigeru Yoshida.
COMIENZA EL REGIMEN AMERICANO DE OCUPACIÓN EN EL JAPON
Objetivos de posguerra perseguidos por los Estados Unidos en el Japón (4 de mayo de 1944)
I. Objetivos fundamentales.
(a) Debe impedirse que el Japón vuelva a constituir una amenaza para los Estados Unidos y demás países de la zona del Pacifico.
(b) Interesa a los EE. UU. que el Japón tenga un Gobierno dispuesto a respetar los derechos de los restantes Estados y las obligaciones internacionales de su propio país.
Para alcanzar dichos objetivos fundamentales es necesario dividir en tres periodos la política de los Estados Unidos con respecto al desarrollo japonés de posguerra.
El primero de estos periodos tiene el objeto de imponer una capitulación inmediata del Japón y someterlo a unas rigurosas normas de ocupación que deben ser interpretadas como represalia por una agresión militar.
El segundo período se reduce a una rígida supervisión; las restricciones se irán suavizando paulatinamente, a medida que el Japón demuestre su disposición y capacidad para convivir en paz con las demás naciones.
El tercer periodo se relaciona con el objetivo final de los Estados Unidos, a saber, la existencia de un Japón capaz de asumir realmente sus responsabilidades en el conjunto de las naciones en paz.
II. Primer periodo
Conforme a la declaración de El Cairo, el Japón debe abandonar el Manchukuo, territorios insulares bajo mandato y todas las regiones que ocupe militarmente; además, se le desposeerá de Corea, Formosa y de todas las islas de que se apropió durante la Primera Guerra Mundial.
Se procederá al desarme y disolución de las Fuerzas Terrestres y Navales japonesas, se destruirán las instalaciones del Ejército y la Marina, y el país quedará sometido a una ocupación indefinida bajo la administración de un Gobierno militar.
III. Segundo período
(a) Construcción de las bases nacionales o internacionales que se requieran para atajar una agresión japonesa y facilitar el control militar.
(b) Las medidas destinadas a suprimir el militarismo se concretan a lo siguiente:
1. Control militar para impedir el rearme.
2. Control económico para impedir el desarrollo del potencial bélico.
3. Divulgación del pensamiento democrático mediante los principales medios: Prensa, Radio, cinematografía y enseñanza.
4. Movilización en el Japón de las fuerzas progresivas, con la misión responsable de hacer ver al pueblo japonés que el militarismo es funesto para sus propios intereses.
(c) El Japón debe estar autorizado, sobre una base razonable, a participar en la economía mundial, siempre que se someta a las imprescindibles limitaciones para preservar la segundad internacional, y cumpla sus deberes respecto a las indemnizaciones necesarias.
IV. Tercer periodo
Actualmente no se puede determinar todavía cuáles son las medidas políticas o económicas que conviene aplicar durante el tercer periodo. Sin embargo, debe tenerse presente el hecho de que la disgregación del Imperio japonés, ocasionada
por la pérdida de sus colonias, requiere una solución duradera cuya trascendencia resulta evidente.

El 6 de noviembre de 1946 se reúne el Gabinete japonés, bajo la presidencia del emperador Hiro-Hito, y uno de sus miembros (de pie a la izquierda) da lectura al proyecto de una nueva Constitución japonesa destinada a restringir el absolutismo imperial, predominante hasta entonces en el orden estatal del país:
ese paso representó para el pueblo japonés un acontecimiento revolucionario de incalculables consecuencias.
Saludos