Genocidios

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kummetz1938
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Genocidios

LA PREVENCIÓN DE CONFLICTOS BÉLICOS EN EL DERECHO INTERNACIONAL ACTUAL. LAS NACIONES UNIDAS Y EL SISTEMA INTERAMERICANO

Héctor GROS ESPIELL *
La prevención de conflictos constituye hoy un elemento esencial, absolutamente necesario, para que pueda cumplirse y tener efectividad el "propósito" primario de las Naciones Unidas de "mantener la paz y la seguridad internacionales" (artículo 1.1 de la Carta de las Naciones Unidas).

Esta idea de que el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales exige no sólo "suprimir actos de agresión y otros quebrantamientos de la paz" sino también prevenirlos para impedir su estallido, no es únicamente una afirmación conceptual y un resultado de la experiencia histórica, sino que ya se encuentra en la Carta de las Naciones Unidas. En efecto en el ya citado artículo 1.1, se establece que "con tal fin" ("Mantener la paz y la seguridad internacionales"), las Naciones Unidas deben "tomar medidas colectivas eficaces para prevenir y eliminar amenazas a la paz".

La idea de que la prevención de los conflictos constituye un aspecto esencial para lograr el propósito de asegurar y mantener la paz y la seguridad internacionales, ya fue consagrada jurídica y políticamente en la carta.1 La exégesis de la carta permite distinguir entre la prevención para mantener la paz y las acciones a adoptar luego de que la paz se ha roto, para restaurarla y reestablecerla. La experiencia histórica cumplida de 1946 hasta hoy no ha hecho sino confirmar este enfoque, agregando ahora las medidas posteriores de consolidación de la paz. Estas medidas, al estar dirigidas a impedir el renacimiento de conflictos respecto de los cuales se aplicarían medidas de restablecimiento de la paz, constituyen, a su vez, formas de prevención.

La prevención, siempre necesaria, es además, menos costosa, menos traumática y produce consecuencias políticas y económicas menos graves y menos hirientes, que las medidas que es necesario aplicar para restablecer la paz y la seguridad, una vez que el conflicto ha estallado.

La Carta de las Naciones Unidas ha proyectado la idea de la necesaria prevención de los conflictos, en las competencias atribuidas al Consejo de Seguridad, a la Asamblea General y al secretario general (artículos 11.3, 12, 14, 24.2 y 99).
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Como debería ser......
y la realidad..... :roll: :?

En las últimas décadas han tenido lugar delante de las mismas narices de las Naciones Unidas y gandes naciones del Occidente, los siguientes genocidios:
En Camboya con el régimen Pol Pot,
En Ruanda donde en pocos meses se mataron a 800.000 Tutsis y 50.000 Hutus moderados; ( En dichas fechas, 1994, estaba en Kampala/Uganda, a unos 350 kms. de Kigala)
En Uganda, con Idi Amin;
En la ex Yugoeslavia con los serbiobosnios,
Actualmente en Súdán y muchos otros lugares cómo fue el caso en Argentina y Chile en las últimas décadas.

Después de ver el reportaje, que ya conocía sobre Ruanda, le dan a uno náuseas sólo con sentir nombrar la UN. :? :cry:
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Si hago una buena obra, me siento bien; y si obro mal, me encuentro mal: Esta es
mi religión. (A.Lincoln)...¡Vivir y dejar vivir: Esta es mi política!
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